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Censos y estudios de amianto

para ayuntamientos, entes públicas y privadas

CENSO 1 - CENSO base

Censo inicial de imágenes satelitales de fuentes oficiales como el PNOA, tratamiento de imagen mediante IA y por proceso Depp Learning informatizada.

Mapa del municipio estudiado con localización y referencias de los edificios detectados.

Este censo proporciona un listado de edificios susceptibles de contener amianto, los cuales deben de ser inspeccionados de forma presencial según la norma UNE 171370—2:2021.

El censo 1 debe de completarse con el censo 2 detallado, en el que, según los resultados de la inspección presencial por inspector acreditado, se evalúa el riesgo según el estado de los materiales y la prioridad de su retirada, elaborando la planificación y el calendario de la retirada priorizando los edificios de mayor riesgo.

Iniciativa por La Unión Europea (UE) en su plan para erradicar el amianto en todo su territorio (2015/C251/03)5, a través del Dictamen del Comité Económico y Social Europeo, se pretende poner fecha de caducidad al amianto y fijar la misma para el año 2032.

NORMATIVA

La nueva legislación estatal, introducida por la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, suponga un claro avance en lo referido a las previsiones de retirada del amianto de instalaciones y emplazamientos. La disposición adicional decimocuarta de esta norma establece el plazo de un año para que los ayuntamientos elaboren un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto y un calendario para su retirada. El plazo concluye en abril 2023.

El censo y el calendario tienen carácter público y deben ser remitidos a las autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas, las cuales deberán inspeccionar y verificar, respectivamente, que los materiales se han retirado y enviado a un gestor autorizado.

En el calendario de retirada se deben priorizar las instalaciones y emplazamientos según el grado de peligrosidad y exposición de la población más vulnerable. En todo caso, las instalaciones y emplazamientos de carácter público con mayor riesgo deberán estar gestionados antes de 2028.

CENSO 2 - CENSO DETALLADO

Estudio de edificio según visita de un inspector de amianto formado según UNE 171370-2- Localización y diagnóstico de amianto en la realización de inspecciones de amianto.

Se inspecciona el edificio, de los materiales detectados como posible contenido en amianto, se recogen muestras para análisis por laboratorio homologado, emisión informe de resultados, análisis diagnóstico, evaluación de riesgos y recomendaciones según su estado y peligrosidad de la urgencia de su eliminación.

Según el estado de los materiales y de su degradación, se pueden realizar mediciones higiénicas para conocer si el ambiente es seguro o peligroso, análisis de mediciones higiénicas por laboratorio homologado, emisión informe de resultados y recomendaciones según resultados.

Normativa según método del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo, (INSST), MTA-MA 051/04.

 

Laboratorio con Certíficado ISO 17025:2017

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